Plazo especial para la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica.
La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales –DIAN- a través de la Resolución 151 del 10 de diciembre de 2021 establece un plazo especial para el cumplimiento de la obligación de generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica para los empleadores que tienen a su cargo entre uno (1) y diez (10) empleados.
Así las cosas, dichos empleadores podrán realizar la primera generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento, correspondientes a cada uno de los meses de diciembre de 2021, enero y febrero de 2022, de forma independiente, dentro de los diez (10) primeros días del mes de marzo de 2022.
De esta manera, los empleadores que tenían programado trasmitir el documento soporte a partir de diciembre de 2021 conforme a la Resolución 63 del 30 de julio de esta anualidad, podrán optar realizarlo dentro de los 10 primeros días de marzo de 2022.
Lo indicado anteriormente no aplica para los empleadores que tienen a su cargo entre uno (1) y diez (10) empleados que hayan realizado la implementación de forma anticipada del documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento.
El presente artículo se desarrolla solo para fines académicos y no constituye ninguna asesoría independiente que pueda derivarse en el cumplimiento de responsabilidades por la utilización de este escrito.
ÁREA DE SERVICIOS LEGALES
RUSSELL BEDFORD GCT