AL DÍA / 11 DE MAYO DE 2020
Actualidad legal y tributaria.
EL GOBIERNO NACIONAL DECRETA EL ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA.
A través del Decreto 637 de 2020 el Gobierno Nacional determinó que el aislamiento preventivo obligatorio y demás medidas tomadas para mitigar la propagación del Covid – 19, tiene efectos profundos en la economía nacional, por lo que se hace necesario contar con medidas excepcionales, para proteger el sistema económico, así se decreta el estado de emergencia económica, social y ecológica por 30 días calendario.
EL GOBIERNO NACIONAL CREA EL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO FORMAL (PAEF).
En este sentido, el Presidente de la República, en ejercicio de sus funciones excepcionales, emitió el Decreto 639 de 2020, mediante el cual crea un programa social del Estado que otorgará al beneficiario del mismo un aporte monetario mensual de naturaleza estatal, y hasta por tres veces, con el objeto de apoyar y proteger el empleo formal del país durante la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA PRORROGA LA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS JUDICIALES.
Así fue determinado mediante el acuerdo PCSJA20-11549 del 07 de mayo de 2020. En tal sentido, todos los procesos se entiende prorrogados, salvo las excepciones que ya venían aplicando, sumado a las excepciones en materia administrativa (tales como procesos de cobro coactivo y procesos administrativos de reclamaciones salariales y prestacionales), en materia civil (tales como autos que resuelven recursos de apelación proferidos en primera instancia, emisión de sentencias anticipadas y procesos de restitución de tierras), en materia de familia, en materia disciplinaria y en materia laboral (tales como pensión de sobreviviente, procesos con personas en condición de discapacidad, procesos escriturales de fuero sindical en segunda instancia, reconocimiento de pensión de vejez, procesos escriturales Incrementos, reajustes y retroactivos pensionales, auxilios funerarios, reconocimiento de intereses moratorios de que trata el artículo 141 de la ley 100 de 1993, y reconocimiento y reliquidación de indemnización sustitutiva, ante jueces de pequeñas causas laborales).