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AL DÍA / 10 DE AGOSTO DE 2020

Actualidad Legal y Tributaria

LA DIAN ACLARA LA RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA CONTRIBUYENTES PERTENECIENTES AL RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN.

Así, la DIAN reafirmó su postura determinando que, por norma expresa, los contribuyentes pertenecientes al régimen simple de tributación no están sujetos a retención en la fuente y tampoco están obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente, con excepción de las correspondientes a pagos laborales.

LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES ACLARA LAS OPCIONES PARA CELEBRAR LA REUNIÓN ORDINARIA DE LAS SOCIEDADES.

De esta forma, las sociedades tienen tres opciones para la celebración de sus reuniones ordinarias, así: i) Celebrarlas de forma presencial, con término máximo de hasta un mes de terminada la emergencia sanitaria. ii) De forma no presencial, dando cumplimiento al Decreto 398 de 2020. iii) De forma no presencial, dando alcance a una convocatoria presencial, comunicada de forma previa a la declaratoria del estado de emergencia.

EL GOBIERNO NACIONAL EMITE EL DECRETO 1089 DEL 03 DE AGOSTO DE 2020.

A través de este Decreto se adiciona el capítulo denominado “Descuento del impuesto sobre las ventas -IVA en la importación, formación, construcción o adquisición de activos fijos reales productivos.” Al Decreto Único Reglamentario en materia tributaria (Decreto 1625 de 2016).